Ciudad de México • La Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una demanda de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de la reforma al Código Penal de Veracruz, conocida como “ley antituiteros”, por considerarla contraria a derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley penal y libertad de expresión.
La CNDH refirió que se adicionó al artículo 373 de ese código el delito de “perturbación del orden público”, y con ello la posibilidad de sancionar a una persona que “por cualquier medio afirme falsamente” la existencia aparatos explosivos, de ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que pueda causar daño a la salud, con lo cual se ocasione perturbación del orden público.
En un comunicado, esa comisión sostuvo que la adición citada es “contraria a los derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley penal y libertad de expresión tuteladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos tratados internacionales de los que nuestro país es parte”.
Planteó que la libertad de expresión es un derecho esencial del ser humano que considera la expresión del pensamiento propio y el derecho de conocer las opiniones, relatos y noticias difundidas por los demás.
La CNDH señaló que también el derecho a la información se encuentra protegido en el ámbito internacional, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en diversos criterios jurisprudenciales al respecto.
Expuso que en la norma controvertida no se precisa la conducta sujeta a sanción, por lo genérico que resulta “afirme falsamente”.
Tampoco se precisa el medio para tenerla por demostrada, porque establece “por cualquier medio” y quedaría al arbitrio del juzgador interpretar el alcance de esos conceptos, indicó.
Hizo notar también que carece de los principios básicos de claridad, congruencia y precisión.
“Además, el destinatario no estará en posibilidad de saber el motivo de esa prohibición, situación jurídicamente inadmisible e incompatible con un sistema o Estado de Derecho”, explicó.
“Además, el destinatario no estará en posibilidad de saber el motivo de esa prohibición, situación jurídicamente inadmisible e incompatible con un sistema o Estado de Derecho”, explicó.
La CNDH reafirmó su compromiso de asumir con firmeza la defensa de los derechos humanos a través de los medios que tiene a su alcance e hizo explícito su respeto a las determinaciones que dicte la SCJN.
La adición al Código Penal veracruzano fue publicada el pasado 20 de septiembre en la Gaceta Oficial del gobierno de esa entidad.
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